El Congreso de El Salvador aprobó una reforma al Código Procesal Penal para convertir el delito de feminicidio en imprescriptible y permitir que la Fiscalía local pueda abrir procesos penales en esos casos sin importar el tiempo que haya transcurrido desde la realización del hecho.
Hasta la fecha, el crimen sólo era perseguible penalmente si no hubieran transcurrido 15 años desde que se cometió.
La ley salvadoreña castiga como feminicidio el crimen contra una mujer con motivaciones de odio o menosprecio por su condición de género y es sancionado con penas de 20 a 35 años de prisión.
Los diputados agregaron -con una mayoría de 76 votos- el feminicidio y el feminicidio agravado a la lista de delitos que no prescriben del artículo 32 del Código Procesal Penal. Así, forman parte de las excepciones a la prescripción, que está regulada en el artículo 34 del mismo código.
Desde el año 2008, en El Salvador eran imprescriptibles los delitos de tortura, terrorismo, secuestro, genocidio, desaparición y de guerra. El Congreso sumó en 2015 los delitos sexuales contra los menores y, en 2021, los de corrupción.
Medios locales destacan que está previsto que el martes próximo también se apruebe -tras un receso en la sesión legislativa- una segunda reforma al artículo 58-A de la Ley integral para una vida libre de violencia para las mujeres, que reitera que la acción penal no prescribe en estos casos.
La Policía salvadoreña registró el asesinato de cinco mujeres en cinco días (del 7 al 11 de febrero) y el presidente salvadoreño Nayib Bukele anunció en Twitter el diseño de una estrategia contra los feminicidios.
Las cifras de la Fiscalía salvadoreña registran siete feminicidios en los primeros 45 días de 2023.
Los feminicidios disminuyeron levemente entre 2021 y 2022, de 80 a 53 casos, según las estadísticas fiscales y también bajó la cantidad de personas condenadas por este delito de 49 a 23 en el mismo período, así como de personas procesadas penalmente, de 69 a 27.