Según la Corte Suprema de Panamá el matrimonio igualitario no es un derecho humano reconocido por la Constitución panameña, razón por la que rechazó su aplicación.
«Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental», indicó la Corte en su fallo.
La Corte Suprema estaba desde 2016 sin pronunciarse sobre varios recursos de inconstitucionalidad contra el Código de la Familia panameño, que solo reconoce los matrimonios entre un hombre y una mujer, refiere DW.
Los recursos ante el máximo tribunal fueron presentados por varias parejas panameñas del mismo sexo que buscaban que sus matrimonios, celebrados en otros países, fuesen reconocidos legalmente en Panamá, sin embargo, la petición fue rechazada.
«Por más cambios que se sucedan en la realidad», por ahora el matrimonio igualitario «carece de un reconocimiento convencional y constitucional» en Panamá, dijo la Corte.
El fallo, aprobado el 16 de febrero por seis de los nueve magistrados de la Corte, pero divulgado este miércoles por el poder judicial, también afirma que no son inconstitucionales varios artículos del Código de la Familia que algunas parejas buscaban impugnar.
Esas normas «están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad», indicó la Corte.
El anuncio del fallo coincide con la celebración este miércoles del Día Internacional de la Cero Discriminación, una jornada reivindicativa reconocida por la ONU.
¿Contradicciones?
La medida anunciada en Panamá no ha sido bien visto por algunos sectores, en especial por los que aseguran que en 2018, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, determinó que las parejas homosexuales tienen los mismos derechos matrimoniales que las heterosexuales, una decisión vinculante para la veintena de países que reconocen a este tribunal, entre ellos Panamá.
Otro antecedente importantes es que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, con sede Washington, ya había pedido a Panamá en varias ocasiones reconocer el matrimonio igualitario.
Según este organismo, el silencio de la justicia panameña violaba los derechos humanos de las personas LGBTI y las ponía en una situación «muy grave y dramática».
De los países de Centroamérica, sólo en Costa Rica se pueden casar personas del mismo sexo, desde 2020.
En Panamá, tanto la iglesia católica como la evangélica siempre se han opuesto al matrimonio igualitario, al entender que los matrimonios solo se pueden dar entre un hombre y una mujer, refiere France24.