Este jueves, los jueces de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, dictaminaron que Estados Unidos había permitido ilegalmente la congelación de activos de empresas iraníes, por lo que ordenaron al país norteamericano a pagar una indemnización, cuyo monto se determinará más adelante.
El vicepresidente de la CIJ, Kirill Gevorgian, aseguró que la mayoría en el tribunal respaldaba la objeción a la jurisdicción de EEUU relacionada con los reclamos de Irán. En un fallo 10-5, la Corte halló que algunas de las medidas del país norteamericano para adueñarse de los activos iraníes violaban un tratado de 1955 entre las naciones, por lo que se debería negociar la compensación.
Dicha decisión se hace pública en el contexto del aumento de tensión entre EEUU e Irán, tras los enfrentamientos de la semana pasada en Siria entre fuerzas respaldadas por Irán y militares estadounidenses.
Sin embargo, el Tribunal Mundial aseguró que no tenía jurisdicción para pedirle a EEUU que descongelara los 1.750 millones de dólares en activos iraníes pertenecientes al Banco Central de Irán Markazi y que ahora permanecen en una cuenta de Citibank en Nueva York.
El caso ante la CIJ fue presentado en 2016 por Teherán, quienes culpaban a Washington por presuntamente incumplir el tratado de amistad al permitir que los tribunales estadounidenses congelaran activos de empresas iraníes.
Durante las audiencias de 2022, EEUU defendió que todo el caso debía desestimarse porque Irán “tiene las manos sucias”, por lo que las confiscaciones de activos fueron el resultado del patrocinio del terrorismo por parte de Teherán.
¿Qué es el Tratado de Amistad?
Este tratado fue firmado por Irán y EEUU el 15 de agosto de 1955 en Teherán, con el objetivo de regular la relación económica entre los países.
Fue en 2018 cuando EEUU se retiró del tratado pero la congelación de activos a empresas y entidades iraníes se realizaron cuando el tratado estaba vigente por lo que la CIJ dictaminó que Estados Unidos violó dicho acuerdo.