Adolescentes a partir de los 16 años podrán abortar en España, sin la necesidad de contar con el consentimiento de sus padres.
Esto se hizo oficial después de que el Pleno del Tribunal Constitucional rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por VOX contra varios preceptos de la Ley Orgánica 1/2023, que modifica la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Los magistrados Enríquez Sancho, Arnaldo Alcubilla, Tolosa Tribiño y la magistrada Espejel Jorquera han anunciado voto particular.
Reformas avaladas
Estas reformas, presentadas por el Congreso de los Diputados el 16 de febrero de 2023, fueron aprobadas con la oposición de PP y VOX.
La ley ya permitía a las mujeres mayores de 16 años abortar durante las primeras 14 semanas de gestación, pero la última reforma elimina el requisito introducido en 2015 por el Gobierno del PP que obligaba a las menores a contar con el consentimiento de sus representantes legales.
Evolución del marco legal del aborto en España
Ley Orgánica 9/1985
Desde su primera implementación en 1985, la regulación del aborto en España ha sufrido cambios significativos. La Ley Orgánica 9/1985, en vigor desde el 5 de julio de ese año, permitía la interrupción del embarazo en tres circunstancias específicas:
- En caso de violación durante las primeras 12 semanas.
- Para evitar un grave peligro para la salud de la embarazada sin límite de semanas.
- Si el feto presentaba graves taras físicas o psíquicas antes de las 22 semanas.
Ley Orgánica 2/2010
El 3 de marzo de 2010 se promulgó la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, vigente desde el 5 de julio de 2010.
Según esta normativa, el aborto es permitido libremente dentro de las primeras 14 semanas de gestación, siempre y cuando la mujer sea informada sobre sus derechos y las ayudas públicas disponibles en caso de optar por la maternidad.
La ley también extiende el plazo para abortar hasta las 22 semanas en situaciones médicas específicas, tales como:
- Cuando la salud de la mujer esté gravemente en riesgo.
- En caso de anomalías graves detectadas en el feto.
Dentro de estas excepciones, se incluyen condiciones incompatibles con la vida o la detección de enfermedades incurables en el feto, avaladas por el dictamen de un médico.
Modificaciones clave de la Ley Orgánica 2/2010
Una de las modificaciones más relevantes de la Ley Orgánica 2/2010 es que las mujeres menores de edad, específicamente aquellas de 16 y 17 años, pueden solicitar el aborto con el mismo derecho que las mayores de edad.
Inicialmente, era necesario que al menos uno de los progenitores o tutores fuera informado, salvo en casos excepcionales como situaciones de violencia o desarraigo.
El Tribunal Constitucional ha reafirmado la legalidad de las reformas introducidas por la Ley Orgánica 1/2023, continuando la evolución del marco legal del aborto en España y eliminando barreras previamente impuestas a menores de edad.
Con información de El País