La Corte Constitucional de Ecuador ha marcado un hito trascendental en el país al fallar a favor de la despenalización de la eutanasia.
En un fallo histórico emitido este miércoles, la Corte declaró constitucional el derecho de las personas que sufren intensamente debido a una lesión corporal grave e irreversible o a una enfermedad grave e incurable, para solicitar el procedimiento de muerte asistida.
Este pronunciamiento, con siete votos a favor y dos en contra, tiene aplicación inmediata, según explica Farith Simon, uno de los abogados involucrados en el caso.
Legalización de la eutanasia: ¿un avance en la autonomía individual y la dignidad o un retroceso en e derecho a la vida?
El artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal, referente al homicidio simple, ha sido declarado constitucionalmente condicionado, lo que significa que los médicos que practiquen la eutanasia no serán penalizados.
Se reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los médicos que opten por no realizar el procedimiento, pero se establece la obligación de derivar al paciente a otro profesional dispuesto a brindar la asistencia necesaria.
El caso de Paola Roldán Espinosa y la lucha por la legalización
En agosto de 2023, Paola Roldán Espinosa, una mujer de 42 años diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), inició su batalla legal por la legalización de la eutanasia.
La ELA es una enfermedad degenerativa que afecta las células nerviosas encargadas de controlar los movimientos voluntarios, llevando a una progresiva pérdida de movilidad y eventualmente a la muerte por insuficiencia respiratoria. Su lucha reunió a tres abogados que lideraron su causa ante la Corte.
Repercusiones y próximos pasos
La sentencia de la Corte establece que el Defensor del Pueblo debe presentar, en un plazo de seis meses, un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos, conforme a lo establecido en el fallo.
Este proyecto será discutido por la Asamblea Nacional, que cuenta con un plazo máximo de 12 meses para su aprobación. Asimismo, se requiere que el Ministerio de Salud expida un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria, basado en criterios técnicos y en conformidad con lo dictaminado por la Corte.
Ampliación del derecho a una «muerte digna«
La decisión de la Corte amplía el acceso a una muerte digna en Ecuador, estableciendo que el consentimiento para la eutanasia debe ser libre, informado y expresado inequívocamente por la persona afectada, o en su defecto, a través de su representante legal. Se reconoce así el derecho de los pacientes a evitar un sufrimiento insoportable y prolongado, otorgando mayor libertad para tomar decisiones bajo condiciones extremas.
Ecuador se une a la lista de países que despenalizan la eutanasia
Con este fallo histórico, Ecuador se suma a otros países que han despenalizado la eutanasia, como Colombia, Bélgica, Luxemburgo, Países Bajos, Canadá, España, Portugal, Nueva Zelanda y cinco Estados de Australia.
Con información de El País