Este martes un tribunal japonés dictaminó que es inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo, así lo informó la cadena pública japonesa NHK.
El tribunal del Distrito de Nagoya señaló al gobierno por incumplir un artículo de la Constitución que exige un trato igualitario para todos.
No obstante, las autoridades del país argumentaron que la Carta Magna “no avala el derecho al matrimonio homosexual”.
La demanda interpuesta por una pareja de hombres exigía una indemnización de US $7.100, por persona, por la violación de sus derechos constitucionales a la igualdad pero fue desestimada por el tribunal.
No es la primera vez que un tribunal japonés se pronuncia con respecto a este tema. Japón es el único país del miembro del G7, el foro de las siete economías muy industrializadas, que no reconoce las uniones entre personas del mismo sexo.
Aunque algunas lugares de la nación nipona expiden «certificados de asociación» que concede algunos derechos a las parejas homosexuales, que no incluyen todos los derechos de un matrimonio heterosexual como por ejemplo, el derecho a la herencia.
Desde el año pasado en Nagoya se puso en marcha un registro de parejas homosexuales que se suma al resto de gobiernos locales que reconocen estas uniones.
Lo cierto es que Japón aún no ha introducido una legislación nacional para eliminar la discriminación basada en la orientación sexual, la identidad de género y la condición de intersexual.